Todos conocemos a alguien que ha sido sorprendido por la Policía mientras conducía después de haber ingerido alcohol y también sabemos que el delito de alcoholemia es uno de los delitos más frecuentes en la actualidad.
Para informarnos sobre cómo debemos proceder en caso de que le ocurra a alguien cercano, acudimos a ABOGA2, un despacho de abogados sito en el casco histórico de Alcalá de Henares, que ha conseguido gran cantidad de éxitos con sentencias absolutorias de numerosos clientes que acudieron a su despacho tras haber sido denunciados por conducir bajo los efectos del alcohol.
Según nos cuentan los abogados penalistas de ABOGA2, dependiendo de la tasa de alcohol arrojada en el test de alcoholemia, se te podrá imponer una sanción administrativa, consistente en una multa y/o la retirada de puntos, o se te imputará un delito contra la seguridad vial, en cuyo caso, te citarán a un juicio rápido por alcoholemia en los Juzgados de lo Penal de Alcalá de Henares.
Infracción o delito
Para cometer una infracción administrativa basta con superar la tasa de 0,25 mg/l de alcohol en aire espirado o 0,15 mg/l si eres conductor novel o profesional de la conducción.
Ahora bien, incurrirás en un delito de alcoholemia siempre que sobrepases una tasa de 0,60 mg/l de alcohol en aire espirado o 1,2 g/l de alcohol en sangre, o bien si pese a no superar estos límites, los agentes de policía consideran que conduces “bajo la influencia” del alcohol.
Juicio rápido por alcoholemia
Cuando seas citado a un juicio rápido por alcoholemia, tienes que saber que debes ir acompañado de un abogado o de lo contrario el Juez ordenará que se te designe un abogado de oficio.
En la Ley existe la posibilidad de que renuncies al derecho de ser asistido por abogado en los denominados delitos de Alcoholemia pero ello es a todas luces desaconsejable.
El abogado de oficio no siempre es gratis
Así mismo, debes tener en cuenta que el Abogado de oficio no significa que sea gratis. Para que el abogado del turno de oficio no te cueste a ti dinero, no puedes superar un nivel de rentas establecido por la ley.
En caso de superar ese nivel de ingresos o poseer un patrimonio determinado te será denegado el derecho a la asistencia jurídica gratuita y deberás abonar la minuta del Abogado que te haya sido designado por el Turno de Oficio. Si no pagas la factura correspondiente, no tengas dudas de que el abogado te exigirá el pago.
Los detalles en el atestado policial
El juez entregará a tu abogado el atestado policial, quien deberá analizarlo detalladamente para comprobar si se han cometido errores sobre el modo en que se realizó la prueba, el contenido del atestado o si se han vulnerado tus derechos de algún modo, y así poder “luchar” para conseguir una sentencia absolutoria.
Entre otras cosas comprobará que te hubieran leído previamente tus derechos; que el etilómetro utilizado se encuentre correctamente verificado; que se haya realizado la segunda prueba de alcoholemia de comprobación; que entre la primera y segunda prueba realizada hayan trascurrido al menos 10 minutos o que se haya aplicado correctamente el margen de error existente en los etilómetros.
Es misión del abogado revisar todos estos aspectos y asesorarte correctamente de las posibilidades de defensa o no y de las consecuencias de tomar uno u otro camino.
Consecuencias penales de la alcoholemia
Las consecuencias penales por cometer un delito de alcoholemia pueden ser muy graves, ya que se te podrá llegar a condenar a la pena de prisión de 3 a 6 meses o a una multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad entre 31 y 90 días, además de la retirada, en todo caso, del carnet de conducir de uno a cuatro años.
Si además del delito contra la seguridad vial, consistente en conducir bajo los efectos del alcohol, has cometido otro delito como por ejemplo de lesiones, no dudes de que el Ministerio Fiscal te solicitará la pena correspondiente por ello.
Evita conducir bajo los efectos del alcohol y, en caso de haberlo hecho, cuenta con un abogado especializado en la materia para tu defensa.
Debes tener en cuenta que cuando se te retire el carnet por un periodo superior a dos años perderás la vigencia del permiso de conducir, en cuyo caso tendrás que realizar un curso de recuperación total de puntos en un centro autorizado, así como una prueba teórica en una Jefatura de Tráfico a fin de verificar que has asimilado el contenido del curso realizado.
En cualquier caso, tratándose de un juicio rápido, se te concederá la posibilidad de que te conformes, es decir que reconozcas los hechos y asumas la pena que te pida el fiscal con lo cual te beneficiarás de una “rebaja” en la pena de un tercio.
Por eso, si te han citado como investigado a un juicio por conducir bajo los efectos del alcohol, no dudes en contactar con abogados profesionales como los de ABOGA2, ellos podrán ayudarte de manera rápida y correcta logrando la mejor solución posible en tu caso concreto.
Si alguien de tu entorno ha sufrido una prueba de alcoholemia y ha dado positivo, en ABOGA2 estarán encantados de poder ayudaros y asesoraros en todo lo necesario. Para concertar una cita llama al 91 570 42 34 o accede a la web de ABOGA2.
La DGT ha publicado la siguiente información sobre el atestado policial, que también te interesa conocer: