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Protocolo covid de la Comunidad de Madrid para las elecciones del 4 de mayo


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La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Salud Pública, ha desarrollado una serie de medidas preventivas de salud pública frente al covid para la jornada electoral del 4 de mayo, diseñadas por el Ejecutivo autonómico y ratificadas por la directora general de Salud Pública, Elena Andradas.

Es un amplio conjunto de medidas, del que destacan aspectos como que se recomienda llevar el voto ya preparado desde el domicilio siempre que sea posible, o que se dará prioridad de 10 a 12 de la mañana para la entrada las personas votantes mayores de 65 años o con alguna discapacidad y las personas que estas precisan para su auxilio.

Medidas preventivas en materia de salud publica frente al covid jornada electoral

Recomendaciones y Medidas De Carácter General

Con carácter general, se establecen las siguientes recomendaciones y medidas:

  • Se recomienda que las personas electoras lleven el voto ya preparado desde el domicilio.
  • Debe evitarse la aglomeración de personas a la entrada y a la salida de los locales electorales, manteniendo, en todo caso, la distancia de seguridad.
  • Debe organizarse la entrada de las personas votantes en el local electoral de modo que se respete la distancia interpersonal recogida en este protocolo, controlando siempre el número de personas votantes presentes en el interior del local electoral a fin de garantizar el cumplimiento de la distancia de seguridad.
  • En particular, tendrán prioridad para la entrada las personas votantes mayores de 65 años o con alguna discapacidad y las personas que estas precisan para su auxilio. Acudiendo preferentemente de 10 a 12 de la mañana.
  • Debe organizarse, siempre que sea posible, el recorrido de entrada y de salida en el local electoral a fin de dirigir el flujo de personas que entran y salen y evitar el contacto entre ellas.
  • Deben mantenerse, siempre que resulte posible, las puertas del local electoral abiertas a fin de evitar la necesidad de manipular manillas, pomos o similares, pero evitando las corrientes de aire.
  • Deberá mantenerse el interior de los locales electorales lo más diáfanos posible, retirando todos los elementos o muebles no indispensables para el acto de la votación.
  • En caso de locales electorales de acceso a través de escaleras o ascensor, se desaconseja la utilización del ascensor excepto para las personas que por su diversidad funcional así lo requieran. En el uso de las escaleras se evitará el contacto con los pasamanos y, en la medida de lo posible, se mantendrán las puertas abiertas con cuñas u otros sistemas, para evitar el contacto de las personas con las manillas, pomos o similares.
  • La distancia mínima interpersonal que se procurará mantener, a efectos de este protocolo, será de dos metros. De no ser factible, y siempre que se empleen los equipos de protección previstos en este protocolo, deberá guardarse en todo caso un metro y medio, como mínimo, de distancia interpersonal.

Medidas organizativas

Sin perjuicio de las medidas de protección colectiva e individual, se deberán adoptar las siguientes medidas y ajustes organizativos con la finalidad de evitar el riesgo de coincidencia masiva de personas:

  • Se dispondrá que solo se permitirá el acceso de la persona votante al colegio electoral, sin perjuicio de que podrá acudir acompañada si necesita el auxilio de otra persona por razones de disfuncionalidad.
  • La permanencia de las personas votantes en el local electoral será la indispensable para, en su caso, la selección de la papeleta y para efectuar la votación.
  • Se colocarán carteles informativos en los locales electorales que contengan las indicaciones de seguridad que se deban observar y, entre ellas, las relativas a la correcta utilización de guantes y mascarillas. Los carteles se colocarán en zonas visibles.
  • Específicamente habrá carteles informativos e indicaciones en el suelo, con marcas espaciadas, de las distancias mínimas que han de mantenerse entre las personas votantes presentes en el local electoral y entre las personas votantes y las integrantes de la mesa electoral y las restantes personas asistentes (interventores/as, apoderados/as y representantes de la Administración). Los carteles y las marcas en el suelo deberán estar situados cada dos metros. Los carteles y las marcas se limitarán a dar la información precisa.
  • Se procurará mantener la máxima distancia posible entre los miembros de las mesas electorales y las restantes personas asistentes (interventores/as, apoderados/as y representantes de la Administración).
  • Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (en especial la policía local ) presentes en los locales podrán controlar los accesos y colaborar con el objetivo de que se gestionen adecuadamente los flujos de votantes a fin de garantizar el cumplimiento tanto de la limitación de presencia en el local electoral como de la distancia de seguridad,
  • En la medida de lo posible, el número máximo de electores en cada mesa electoral no debe ser superior a 750.

Medidas de protección colectiva

Como medidas de protección colectiva se establecen las siguientes:

– Se dispondrá de productos de higiene, tales como geles hidroalcohólicos, que permitan a todas las personas que accedan al local electoral realizar una adecuada desinfección de manos.

  • Se respetarán las distancias mínimas interpersonales de seguridad previstas en este protocolo entre todas las personas presentes, tanto en los accesos como en las zonas de votación.
  • En las mesas de votación se mantendrán las distancias mínimas interpersonales de seguridad previstas en este protocolo entre la persona votante y las personas integrantes de las mesas electorales.
  • Se intensificarán las actuaciones de limpieza y desinfección del local electoral, tanto previamente como posteriormente al desarrollo de la jornada electoral. En intervalos de 3 horas.
  • Se ventilará adecuadamente el local electoral previamente a la jornada electoral y, en la medida de lo posible, durante dicha jornada, manteniendo las ventanas y puertas abiertas.

Medidas de protección individual

Como medidas de protección individual se establecen las siguientes:

  • Tanto las personas integrantes de las mesas como el resto de las personas asistentes y las personas votantes deberán extremar las medidas de higiene respiratoria como, al toser, cubrirse la boca con un pañuelo desechable o contra el brazo con el codo flexionado. Igualmente, evitarán tocarse los ojos, la nariz o la boca.
  • Se mantendrá una adecuada y frecuente higiene de manos como medida principal de prevención y control de la infección. A tal fin:

§ Las personas integrantes de las mesas electorales y el resto de las personas asistentes dispondrán de botes de gel hidroalcohólico para que puedan hacer uso de ellos a lo largo de la jornada electoral, así como de guantes de plástico desechables para efectuar el recuento de votos.

§ A la entrada de los locales electorales se dispondrá de dispensadores de gel hidroalcohólico y será obligación de las personas votantes utilizarlos, previamente a la entrega del documento identificativo y del sobre de votación al/a la presidente/a de la mesa.

§ En las entradas a los locales electorales se dispondrá de guantes de plástico desechables, que deberán ser utilizados por las personas con alergia a los hidrogeles.

§ A fin de minimizar el intercambio de objetos, existirá un dispositivo en la mesa electoral (bandeja o similar) donde el votante pueda depositar el documento

de identificación sin necesidad de manipulación por los miembros de la mesa electoral.

  • La persona votante deberá procurar mantener la mayor distancia posible con las demás personas votantes, con las integrantes de las mesas electorales -siempre que permita su correcta identificación- y con el resto de las personas asistentes en la mesa (interventores/as, apoderados/as y representantes de la Administración), excepto en el momento concreto en que la persona votante se acerque a la mesa para efectuar su voto reglamentariamente que, en todo caso, deberá durar el menor tiempo posible.
  • Se proporcionarán 2 mascarillas FFP2 a cada uno de los miembros de las mesas electorales a fin de que las puedan renovar cada 8 horas. Además, se proporcionará a cada uno de ellos una pantalla de protección facial cuyo uso será opcional.
  • Los locales electorales dispondrán de mascarillas quirúrgicas a disposición de los votantes que acceden al local electoral, recomendando su colocación sobre su propia mascarilla.

Condiciones de los locales electorales

En aplicación de las distintas medidas referidas y en lo que afecta en concreto a las condiciones de los locales electorales, se deberá cumplir lo siguiente:

  • Los locales electorales deberán permitir mantener las distancias mínimas interpersonales de seguridad previstas en este protocolo en los accesos y en el recorrido hasta la zona de votación, teniendo en cuenta la circulación de las personas que acceden al local y las que lo abandonan.
  • Los locales electorales deberán permitir disponer de las distancias mínimas interpersonales de seguridad previstas en este protocolo entre la persona votante y las personas integrantes de las mesas electorales.
  • Los locales electorales deberán permitir mantener las distancias mínimas interpersonales de seguridad previstas en este protocolo entre las personas integrantes de las mesas electorales y el resto de las personas asistentes (interventores/as, apoderados/as y representantes de la Administración).
  • Los locales electorales deben permitir disponer la(s) cabina(s) de votación de forma que se garantice en todo caso la intimidad de la persona votante sin que se haga precisa la utilización de cortinas, permitiendo el acceso a una sola persona a la vez y procurando la utilización de vías diferentes para la entrada y para la salida de esta, pero garantizando en todo caso la confidencialidad del voto.

–    Los locales electorales deberán disponer de las condiciones necesarias para su ventilación antes y durante la jornada electoral.

Organización durante la jornada electoral

Mesa con las papeletas y sobres de votación

  • En la cabina y en la mesa auxiliar sobre la que se coloquen papeletas y sobres se dispondrá de gel hidroalcohólico. El personal de limpieza o responsable COVID verificará periódicamente la disponibilidad de gel y lo repondrá si fuera necesario
  • Se facilitarán guantes de uso único para las personas que tengan alergia al gel hidroalcohólico. Se realizará limpieza y desinfección de la mesa y otras superficies de contacto cada 3 horas.

Cabinas de votación

  • En las cabinas de votación se embridará la cortina y se distribuirán de manera que se garantice la privacidad de los votantes sin necesidad de desplegar la misma.
  • Dispondrán de gel hidroalcohólico junto a las papeletas y sobres.
  • Se definirán flujos de sentido único en el acceso y la salida con señalización en el suelo.
  • Se realizará limpieza y desinfección frecuente del interior de la cabina cada 3 horas.

Mesas electorales

  • Las mesas de votación se situarán a una distancia mínima de 3 metros entre ellas. La longitud de cada mesa electoral será tal que permita mantener una separación de 1,5 m entre miembros.
  • Se dará orden a los miembros de mesa e interventores/as y apoderados/as para que no circulen entre las mesas.
  • Se dotará cada mesa de spray con producto viricida adecuado y con toallas de papel desechable o similar para su higienización periódica por parte de los usuarios.
  • Los ocupantes de la mesa, deberán desinfectar su zona de trabajo antes de iniciar la tarea y en los cambios de puesto.
  • Cada miembro de la mesa utilizará su propio bolígrafo o material de oficina.

– Si debieran compartir actas u otro tipo de documentación, se desinfectarán las manos antes y después de su manipulación. Cada mesa electoral deberá disponer de un dosificador de gel hidroalcohólico para el uso de sus miembros, así como de guantes desechables para las personas alérgicas al gel hidroalcohólico.

Voto en la mesa electoral

  • Los votantes colocarán su documento identificativo sobre una bandeja con la foto hacia arriba, manteniendo en todo momento la distancia de seguridad; los miembros de la mesa no tocarán el documento en ningún caso.
  • El votante mostrará el sobre a los miembros de la mesa, para que puedan comprobar que solo hay un voto; un miembro de la mesa retirará el papel que tapa la urna y el votante introducirá su voto en la misma.
  • Se recomienda que siempre retire el papel que cubre la urna la misma persona.
  • En caso de producirse rotación en este puesto, se utilizará un papel nuevo.
  • Los miembros de la mesa no tocarán el sobre de votación.
  • Los votantes no se retirarán la mascarilla a excepción de que la mesa se lo requiera para facilitar su identificación, cuidando de mantener la distancia de seguridad y durante el tiempo mínimo imprescindible.
  • Solo podrá haber una persona votando frente a cada mesa, a excepción de que necesite asistencia.
  • Los interventores/as y apoderados/as/as y apoderados/as mantendrán las distancias de seguridad (mínimo de 1,5 metros) con los votantes y los miembros de la mesa en todo momento.
  • El personal que participa en la mesa electoral, tanto los miembros como interventores/as y apoderados/as usarán en todo momento mascarilla FFP2, salvo que no puedan utilizar esta protección por problemas de salud. En este caso deberán utilizar mascarilla quirúrgica y pantalla facial. La excepción de utilización de mascarilla FFP2 se acreditará a la Presidencia de la Mesa mediante informe médico El uso de pantalla de protección facial será opcional excepto con la utilización de mascarilla quirúrgica.
  • Se recomienda que no haya más de un interventor por candidatura alrededor de cada mesa.

Escrutinio

–    Durante el recuento, se hará uso de la mascarilla FFP2, (pantalla facial; opcional) y de guantes de un solo uso. Se procurará mantener la distancia de seguridad.

  • Se retirarán los guantes en el momento que acabe el recuento (incluir al final dibujo de retirada de guantes) y se procederá a la higiene de manos.
  • Se garantizará que en la sala donde se realiza el recuento el aforo permite 3 m² por persona y una distancia mínima de 1,5 metros.
  • Si la sala dispone de ventanas, se mantendrán abiertas durante el recuento

Circuitos para la entrega de la documentación electoral

  • Antes de manipular los sobres para la recogida de las actas, y siempre antes y después de hacer la entrega, se hará una higiene de manos.
  • La entrega se hará minimizando el tiempo de contacto próximo y en todos los casos manteniendo la distancia mínima de seguridad de un metro.

Responsables de seguridad sanitaria

Los locales electorales deben disponer de personal que:

  • Controle el acceso ordenado de los votantes al local electoral, que organice las colas y el flujo de los votantes dentro de los locales, y que garantice las distancias de seguridad, la entrada y salida por los accesos correctos y evitar las aglomeraciones.
  • Asegure que dentro del local electoral se mantenga la distancia de dos metros entre los votantes, a excepción de las personas que necesitan ir acompañadas, regulando la entrada
  • Garantice el cumplimiento de la obligación del uso de la mascarilla en todo momento, excepto en los casos en que puntualmente pueda ser incompatible con la identificación de las personas, o por razones de seguridad o por imposibilidad por razones médicas.
  • Supervise que se usa mascarilla cubriendo la nariz y la boca.
  • Garantice la limpieza de manos de los electores y evite el contacto entre personas.

Medidas específicas: miembros de la mesa

  • A cada miembro de la mesa se le dotará de 2 mascarillas FFP2 y una pantalla de protección facial que podrá utilizar opcionalmente.
  • Debe informarse a los miembros del tiempo de uso y forma de utilización de la misma.
  • El uso de la pantalla de protección facial durante la votación es potestativo de los integrantes de la mesa, siempre y cuando se mantengan las distancias de seguridad en todo el proceso. SI fuera técnicamente imposible, deberán utilizarla obligatoriamente. – Además, en cada mesa dispondrán de una caja de guantes desechables, gel hidroalcohólico, desinfectante para superficies y toallas de papel desechable o similar y papelera dotada de pedal y tapa para depositar el material higiénico y de desinfección.

Medidas específicas: votantes

  • Se recomienda a personas vulnerables y a los mayores de 65 años que acudan a votar preferentemente en la franja horaria de 10:00 a 12:00 horas.
  • Se recomienda a las personas con enfermedad activa o con sospecha de la misma que acudan preferentemente en la franja horaria de 19:00 a 20:00 horas.
  • Las personas con discapacidad visual podrán solicitar recibir la documentación complementaria en Braille en su domicilio.

Actuación ante la presentación de síntomas compatibles con covid

Si durante el proceso de la votación, alguno de los miembros de la mesa o de los votantes que se encontraran en el interior del local electoral, comenzaran a encontrarse mal y refirieran síntomas de infección por COVID, se le pedirá que se mantenga apartado del resto del personal; un miembro de la mesa o la persona que detecte esta situación avisará inmediatamente al responsable de seguridad sanitaria que le acompañará a una sala habilitada para el aislamiento de posibles casos de infección.

Si esta persona estuviera utilizando una mascarilla quirúrgica, se le proporcionará una mascarilla FFP2 y una bolsa. Cuando se encuentre en la sala de aislamiento, deberá sustituir su mascarilla y depositar la anterior en la bolsa, que anudará y tirará en la papelera con pedal dispuesta en la sala.

El responsable de seguridad sanitaria se pondrá en contacto con los servicios sanitarios (teléfono 112) que valorarán el procedimiento de actuación.

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