Dream AlcaláNoticiasTrámites para la solicitud de ayudas a la vivienda por el coronavirus

Trámites para la solicitud de ayudas a la vivienda por el coronavirus


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Las ayudas a las que los madrileños pueden acogerse en materia de vivienda por el COVID-19 son tanto moratorias en el pago de la renta del alquiler, a través de préstamos avalados por el Estado, como las ayudas al alquiler regionales.

También puede tratarse de moratorias para el pago de la deuda hipotecaria, prórrogas extraordinarias de los contratos de arrendamiento de la vivienda habitual y la suspensión de desahucios y lanzamientos durante el estado de alarma.

Se podrá incluir como primera mensualidad la correspondiente al mes de abril, y el plazo máximo de concesión de ayudas será de 6 meses. El período subvencionable comienza el mes siguiente en el que el destinatario haya entrado en uno de los supuestos de vulnerabilidad. Los gastos derivados se financian con fondos de la Administración General del Estado y de la Comunidad de Madrid.

¿Dónde presentar la solicitud?

Las solicitudes pueden presentarse mientras dure el estado de alarma, preferentemente por medios electrónicos o con carácter presencial en las Oficinas de Correos.

Posteriormente, una vez finalizada esta situación, se podrán presentar presencialmente en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, y no necesariamente en los registros de la Consejería de Vivienda y Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Aquellas peticiones debidamente cumplimentadas, cuyos demandantes cumplan con los requisitos exigidos, serán resueltas favorablemente mientras exista crédito disponible. Para su concesión se tendrá en cuenta el orden cronológico de presentación. Se considerarán presentadas cuando reúnan toda la documentación requerida, y una vez subsanados los errores si fuera necesario.

Ayudas hasta que se agote el crédito disponible

Cuando el crédito disponible esté agotado, las solicitudes recibidas con posterioridad serán resueltas desfavorablemente. El agotamiento de dichos fondos será comunicado a través del portal web oficial de la Comunidad de Madrid.

Para ello, el Gobierno regional ha editado una guía de ayuda que se puede descargar desde el propio portal web oficial de la Comunidad de Madrid. Con este recurso dinámico y actualizado se da respuesta concreta a las preguntas más frecuentes que surgen a los ciudadanos en relación con las medidas referidas al alquiler, desahucios, hipotecas, etc.

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