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Desaparecen la mayoría de licencias urbanísticas en Alcalá con la nueva Ley del Suelo


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El gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el proyecto de ley que, entre otras cuestiones, permitirá suprimir la mayoría de las licencias y liberalizar el sector urbanístico con el objetivo de impulsar y reactivar el tejido productivo dañado por el COVID-19.

En Alcalá de Henares, con la entrada en vigor de la modificación de la Ley Urbanística de la Comunidad de Madrid, los nuevos formularios oficiales están disponibles a partir del 4 de noviembre de 2020 en las secciones URBANISMO y SEDE ELECTRÓNICA de la página web del Ayuntamiento.

Principales novedades

Actos no sujetos a licencia urbanística, declaración responsable o comunicación

NO precisarán licencia urbanística, declaración responsable o comunicación, las obras o actuaciones urbanísticas de menor entidad consistentes en:

  • Sustitución de acabados interiores de una sola vivienda o local
  • Solados, alicatados, yesos y pinturas
  • Reparaciones puntuales de cubiertas, cornisas, salientes o vuelos
  • Reposición o renovación de instalaciones eléctricas o de aires acondicionados
  • Limpieza de solares u otras obras o actuaciones de análogas características.

Excepciones: Precisarán licencia urbanística cualquiera de las actuaciones anteriores cuando se realicen en edificios catalogados o cuando afecten a elementos objeto de protección.

Documentación a presentar:

Modelo cumplimentado de actos no sujetos a título habilitante.- Modelo de gestión de residuos – En caso de ser necesario, solicitud de ocupación de vía pública con contenedor.

Actos sometidos a declaración responsable

Además de los que estaban sometidos a este régimen anteriormente, a partir de ahora, se podrán presentar por Declaración Responsable:

  • La primera ocupación y funcionamiento de las edificaciones de nueva planta y de las casas prefabricadas, así como de los edificios e instalaciones en general
  • Las demoliciones de construcciones y edificaciones existentes, siempre que no dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o histórico-artístico, ya sea total o de elementos o partes objeto de protección, regulada a través de norma legal o documento urbanístico
  • Los cambios del uso de edificios e instalaciones, en tanto, no tengan por objeto cambiar el uso característico del edificio.

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