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Permitido reunirse en domicilios y cierre de la hostelería a las 00:00 horas


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Permitido reunirse en domicilios, aunque con recomendaciones sobre grupos máximos y convivientes, y fin del toque de queda a partir del 9 de mayo en la Comunidad de Madrid, fecha en la que deja de tener vigor el Estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, y prorrogado por el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre y en los decretos adoptados por la Comunidad de Madrid como autoridad competente delegada.

Las restricciones que permanecerán vigentes en la región son las que afectan a la hostelería en cuanto a aforos y normas. Sin embargo, su cierre se retrasa una hora, hasta las 00:00 con fin de recepción de clientes hasta las 23:00 horas.

La mascarilla seguirá siendo obligatoria, con las mismas obligaciones que hasta ahora, y también se mantienen los aforos de centros comerciales, espacios culturales e instalaciones deportivas que, por otra parte, aumentan sus horarios de apertura y cierre.

Se mantendrá la restricción de entrada y salida salvo causa justificada, sometiéndose la medida a ratificación del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, como ya se realizó con anterioridad al vigente Estado de alarma. Por otra parte, la Consejería de Sanidad recomendará que la participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar, social o lúdico, tanto en la vía pública como en espacios públicos, se limite a un número máximo de seis personas salvo que se trate de convivientes.

Asimismo, se aconseja que la participación en reuniones sociales, familiares o lúdicas que se desarrollen en domicilios y espacios de uso privado se limite a las personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia. El uso de la mascarilla será obligatorio en las mismas condiciones que hasta la fecha, con las mismas excepciones.

Así lo han anunciado en rueda de prensa el consejero de Justicia, Interior y Víctimas en funciones del gobierno regional, Enrique López, y el consejero de Sanidad en funciones, Enrique Ruiz Escudero.

Estas medidas se aplicarán en todo el territorio de la Comunidad de Madrid desde 00:00 horas del próximo domingo 9 de mayo.

La Consejería de Sanidad ha elaborado una nueva Orden que sustituirá a la Orden 668/2020, de 19 de junio, que será de aplicación en todo el territorio de la Comunidad de Madrid y producirá efectos desde las 00:00 horas del día 9 de mayo de 2021. Dicha Orden tiene por objeto establecer las medidas preventivvas de contención y propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Nuevas medidas del fin del Estado de Alarma

  • Uso de mascarilla obligatorio en las mismas condiciones que hasta la fecha y con las mismas excepciones
  • La participación en grupo de cualquier actividad familiar, social o lúdica tanto en vía pública como en espacios públicos y privados se recomienda que se limite a un número máximo de 6 personas salvo que se trate de convivientes
  • En domicilios, la recomendación es que los grupos de personas se limite, únicamente, a los convivientes.
  • En hotelería el horario permitido es de 6:00 a 00:00 no pudiendo admitir a nuevos clientes desde las 23:00 horas
  • Se mantiene la prohibición de consumo en barra y la limitación de 4 comensales en el interior y 6 en las terrazas En el aforo continuará el 50% en interior y 75% en exterior.
  • En centros comerciales, la limitación del aforo es del 75% y podrán abrir a las 6:00 horas y cerrar a las 23:00 horas
  • Cines, teatros y auditorios podrán cerrar a las 00:00 horas, no pudiendo empezar ninguna función o espectáculo más allá de las 23:00 horas. Se mantiene la butaca preasignada, con el 75% del aforo, y la obligación de dejar una butaca libre entre personas que adquieran la entrada conjuntamente
  • Instalaciones deportivas y gimnasios podrán abrir desde las 06:00 horas hasta las 23:00 horas. En espacios de interior se limita a un 50%

La nueva Orden de la Consejería de Sanidad contempla la apertura de los establecimientos comerciales y de prestación de servicios profesionales entre las 06:00 y las 23:00 horas máximo, excepto los de servicios esenciales que no tienen límite horario, y su aforo queda limitado al 75%, que es como está actualmente fijado.

En lo que se refiere a la hostelería, el horario de cierre se fijará a las 00:00 horas, no pudiendo en ningún caso admitir nuevos clientes para consumir en el establecimiento a partir de las 23:00 horas. Además, se mantiene la prohibición de consumo en barra y la limitación de cuatro comensales por mesa en el interior y de seis en terrazas. Por lo que respecta al aforo en la hostelería se mantiene como hasta ahora, el 50% en el interior y el 75% en exterior.

Los cines, teatros y auditorios podrán cerrar a las 00:00 horas. Se mantiene la butaca preasignada, el 75% de aforo y la obligación de dejar una butaca libre entre personas o grupo de personas que adquieran entrada conjuntamente.

En los lugares de culto se limita el aforo con carácter general al 50%. En velatorios y entierros, no hay tampoco variación, ya que se mantienen las 50 personas al aire libre y de 25 en espacios cerrados.

En museos y monumentos, seguirán como hasta ahora con un aforo al 75% y visitas en grupo de un máximo de 10 personas, y las bibliotecas seguirán igualmente con una ocupación máxima del 75%.

Recintos taurinos al 50% y gimnasios hasta las 23:00 horas

Las salas multiusos polivalentes como el Wizink Center, recintos destinados a espectáculos públicos y recintos taurinos tendrán un 50% de aforo, butaca preasignada y una butaca libre entre personas o grupo de personas que adquieran entrada conjuntamente. Su cierre queda fijado a las 00:00 horas y la actividad tiene que programarse para que esté finalizada a esta hora.

Las academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada mantendrán como hasta ahora un aforo del 75%. Por su parte, las instalaciones deportivas y gimnasios podrán abrir entre las 06:00 y las 23:00 horas pero con aforo del 50%.

Los parques recreativos infantiles (parques de bolas y similares) se mantienen como hasta ahora con un aforo del 40%; los parques de atracciones, zoos,

acuarios y centros recreativos turísticos, como hasta ahora, con un aforo del 60%; las ferias comerciales, congresos, reuniones o juntas de propietarios, como hasta ahora, con un aforo del 75%; y los locales de juego, apuestas, casino y el hipódromo, con un aforo al 50% y horario de cierre a las 00:00 horas.

La Comunidad pedirá a la Justicia que avale las medidas sanitarias en las Zonas Básicas de Salud cuando decaiga el Estado de alarma

El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha anunciado que acudirá a los órganos judiciales para que avale las medidas de la Consejería de Sanidad relativas a la gestión de la crisis sanitaria como el mantenimiento de las restricciones de las Zonas Básicas de Salud (ZBS), con las que se quiere continuar tras decaer el Estado de alarma el próximo 9 de mayo.

Así lo ha explicado hoy el consejero de Justicia, Interior y Víctimas, Enrique López, en la comparecencia que ha realizado junto al consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, en la Real Casa de Correos para explicar las decisiones adoptadas por la autoridad sanitaria en la gestión de la pandemia una vez que finaliza este domingo el Estado de alarma.

Tras hacer un llamamiento a la “responsabilidad individual de los ciudadanos” en el cumplimiento de las normas emitidas por la Consejería de Sanidad, Enrique López ha explicado que, “ante el fin del Estado de alarma y la ausencia de una ley orgánica de pandemias renovada y eficaz”, a partir del día 9 los gobiernos regionales deberán solicitar el aval de la Justicia de todas aquellas medidas que impliquen la restricción de derechos fundamentales en sus territorios.

Ese es el caso, por ejemplo, de las limitaciones de movilidad fijadas en las ZBS, que, en el caso de la región, deberán contar con el visto bueno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o, en última instancia, del Tribunal Supremo.

López ha recordado que, como hasta ahora, la herramienta de coordinación para hacer efectivas las medidas de la autoridad sanitaria desde el punto de vista de la seguridad, de las emergencias y de la protección civil seguirá siendo el Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad de Madrid (Platercam), activado en este momento en su nivel 2. De este modo, se coordinará a los 112 cuerpos de Policía Local desplegados en la región y a los más de 3.000 voluntarios que integran las 96 agrupaciones de Protección Civil que actúan sobre el terreno.

Control sanitario y turístico

En ese sentido, López ha destacado el “alto nivel de coordinación entre administraciones” desde el inicio de la pandemia y ha agradecido “el compromiso e implicación” demostrados desde marzo de 2020 por todos los efectivos de la Guardia Civil, Policía Nacional y Local desplegados en la Comunidad para hacer cumplir las normas de la Consejería de Sanidad.

López ha recordado que, ya en el mes de septiembre, el Gobierno regional publicó una Orden que atribuyó a las Policías Locales de los municipios afectados por las restricciones, funciones de control y vigilancia del cumplimiento de dichas normas sanitarias.

Además, el pasado febrero, también vía Orden, se habilitó a los cuerpos locales de policía para llevar a cabo funciones de comprobación, vigilancia y control de viviendas de uso turístico, con el objetivo de acabar con las fiestas ilegales y, por tanto, evitar la propagación del COVID-19.

Por último, el consejero ha hecho un llamamiento a la Delegación del Gobierno para “redoblar los esfuerzos y mantener un nivel satisfactorio” de colaboración con la Comunidad de Madrid, “una actitud que los madrileños agradecen y reclaman”.

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