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El Gobierno municipal presidido por Judith Piquet aprueba en Pleno la prohibición del acceso a dependencias municipales con el niqab y el burka


El Pleno ordinario del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, celebrado este 17 de febrero de 2026, ha aprobado una moción presentada por el Grupo Municipal VOX relativa a la regulación del acceso a dependencias municipales en los casos de ocultación integral del rostro, incluyendo prendas como el niqab, el burka u otras de efecto equivalente.

La iniciativa ha salido adelante bajo el Gobierno municipal presidido por la alcaldesa, Judith Piquet, dentro del marco competencial que la legislación atribuye a los ayuntamientos para regular el funcionamiento interno de sus instalaciones y garantizar la seguridad jurídica y administrativa en los servicios públicos.

Seguridad, identificación y normal funcionamiento de los servicios

La regulación establece como condición funcional de acceso a las dependencias municipales la posibilidad de identificación visual del rostro cuando resulte necesaria para la verificación de identidad, la prevención de suplantaciones, la protección de datos personales y la seguridad de usuarios y empleados públicos.

El acuerdo aprobado no hace referencia a ninguna confesión concreta ni se fundamenta en consideraciones ideológicas o culturales, sino en un criterio objetivo: la imposibilidad de permitir el acceso cuando se produzca una ocultación integral o sustancial del rostro, con independencia del origen o significado de la prenda utilizada.

Quedan excluidos de esta regulación los supuestos debidamente acreditados por razones médicas, de salud pública o por exigencias de seguridad laboral.

Competencia municipal y respeto a los derechos fundamentales

La medida se circunscribe exclusivamente al ámbito de las dependencias municipales, sin extenderse en ningún caso a la vía pública, donde el Ayuntamiento carece de competencias para imponer restricciones generales de vestimenta.

El acuerdo se ampara en los artículos 10.1, 14 y 103.1 de la Constitución Española, así como en los artículos 25.2 y 84 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, que reconocen las potestades municipales en materia de autoorganización, seguridad y gestión de instalaciones públicas.

Desde el Gobierno municipal se subraya que la norma deberá desarrollarse mediante un reglamento o norma interna, cuya redacción se encomienda a los servicios jurídicos municipales, garantizando su claridad, publicidad y correcta aplicación.

Garantía de neutralidad y convivencia

El Ejecutivo local destaca que la regulación responde a criterios de objetividad y neutralidad administrativa, y que su finalidad es garantizar el normal desenvolvimiento del servicio público, la igualdad en el acceso y la seguridad jurídica en los trámites presenciales.

El texto aprobado será objeto de la correspondiente publicidad en los accesos y dependencias municipales.

Con esta medida, el Gobierno municipal reafirma su compromiso con la seguridad, la convivencia y el correcto funcionamiento de las instituciones locales al servicio de todos los vecinos de Alcalá de Henares.

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