Agentes forestales de la Comunidad de Madrid han interceptado a una persona en Alcalá de Henares con dos jilgueros sin la documentación acreditativa.
Los agentes han formulado una denuncia contra esta persona y los jilgueros han sido puestos en libertad. La Agencia de Seguridad y emergencias (ASEM 112) de la Comunidad recuerda que la captura, tenencia o tráfico de fauna silvestre sin autorización está prohibida.
El llamado ‘Silvestrismo’ (captura y cuidados en cautividad de ciertos pájaros de campo) está regulado por varias leyes. Entre ellas, la Ley 16/1995, de 4 de mayo Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid, además de la Ley 42/2007, de Patrimonio Natural y Biodiversidad y así como la llamada Orden de vedas, que se publica cada temporada en la Comunidad.
La Orden de Vedas fija las especies cazables y pescables, sus periodos hábiles y las condiciones en que puede llevarse a cabo la actividad. Desde hace años, esta orden excluye explícitamente la captura de fringílidos, incluidos jilgueros, verderones y pardillos, lo que hace que cualquier captura se considere ilícita.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya se pronunció en 2018 contra las excepciones que algunas comunidades autónomas españolas aplicaban para autorizar esta práctica, al considerar que vulneraban la Directiva de Aves de la UE. Desde entonces, el Gobierno central y las comunidades han endurecido los controles y prácticamente prohibido la captura con fines no científicos.
Casos similares en otros puntos de España
Este tipo de intervenciones no son aisladas. En los últimos años se han sucedido casos similares en varias comunidades. En Andalucía, agentes del Seprona de la Guardia Civil han desmantelado redes de capturadores que operaban con redes japonesas y pegamento, métodos ilegales por su crueldad y falta de selectividad. En la Comunidad Valenciana, la policía autonómica ha intervenido en numerosas ocasiones a personas que mantenían decenas de ejemplares en viviendas particulares.
Un caso especialmente relevante tuvo lugar en 2022 en la provincia de Sevilla, donde un criador no autorizado acumulaba más de 200 ejemplares de fringílidos sin anillamiento oficial ni permisos, y donde incluso se encontraron ejemplares muertos por falta de cuidados. Las sanciones impuestas en ese caso superaron los 15.000 euros y se le inhabilitó para cualquier actividad relacionada con animales.
Multas y penas por incumplir la normativa
La tenencia o captura ilegal de aves fringílidas puede conllevar sanciones administrativas o incluso penales. En el ámbito administrativo, las infracciones se califican como graves o muy graves, y pueden conllevar multas desde los 3.000 hasta los 200.000 euros, según la gravedad y el daño causado al medio ambiente. También puede implicar la incautación de los animales, la retirada de licencias cinegéticas o la inhabilitación para actividades relacionadas con la fauna.
En los casos más extremos, cuando se comprueba reincidencia, comercio ilegal o maltrato animal, los hechos pueden tipificarse como delito contra la fauna, recogido en el artículo 334 del Código Penal, lo que puede suponer penas de prisión de hasta dos años.
Importancia de la educación ambiental y la vigilancia
Desde los cuerpos de agentes forestales insisten en que la sensibilización ciudadana es clave para erradicar este tipo de prácticas. “La mayoría de estas personas lo hacen sin ánimo de lucro, pero eso no exime de la responsabilidad legal. La captura y cautividad de aves silvestres sin autorización es perjudicial para la biodiversidad”, señalan fuentes del cuerpo.
Además, recuerdan que los ciudadanos pueden colaborar informando de este tipo de hechos a través del 112 o del canal de denuncias de la Consejería de Medio Ambiente. También recomiendan no adquirir nunca aves de origen dudoso y apostar por la observación en libertad, como alternativa respetuosa con el entorno.
En el caso de Alcalá de Henares, los jilgueros han sido liberados y el expediente sancionador contra el responsable se encuentra en trámite.
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